SBS aprobó el reglamento de Banking as a Service: así podrán las fintechs ofrecerte crédito

Total
0
Shares
reglamento-banking-as-a-service-aprobado-SBS

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP publicó el 3 de julio de 2026, en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución SBS N° 01747-2026. La norma crea el marco regulatorio para el Banking as a Service (BaaS) en Perú, un modelo que permite a bancos y emisores de dinero electrónico compartir su infraestructura tecnológica con plataformas digitales y fintechs para ofrecer productos financieros desde apps que no son bancos.

En la práctica, esto habilita a que una fintech de crédito, una app de delivery o un marketplace integren en su propia plataforma servicios como cuentas de ahorro, tarjetas o préstamos, sin que el usuario tenga que salir de esa aplicación ni pisar una agencia. Más de 100 actores del sector, entre bancos, fintechs y gremios, participaron en las mesas de trabajo previas a la aprobación de la norma, iniciadas en mayo de 2026.

¿Qué aprobó exactamente la SBS?

El reglamento define qué servicios pueden ofrecerse bajo el modelo BaaS y bajo qué condiciones. Los productos habilitados incluyen:

  • Apertura y cierre de cuentas de ahorro.
  • Depósitos a plazo y cuentas CTS.
  • Emisión de dinero electrónico (billeteras digitales).
  • Evaluación y otorgamiento de créditos rápidos.
  • Administración de tarjetas de débito y crédito.
  • Venta de bancaseguros masivos.

La entidad financiera que provee el servicio (el banco o la empresa emisora de dinero electrónico) es la que responde ante la SBS y ante el cliente, no la plataforma digital que actúa como intermediaria. Según medios especializados que revisaron la norma, entraría en vigencia unos 180 días calendario después de su publicación, lo que la ubicaría hacia fines de 2026. La SBS no ha publicado todavía un cronograma oficial de implementación, así que ese plazo conviene tomarlo como referencial hasta que la entidad lo confirme.

Entérate Más: SBS endurece sanciones por cobro de intereses y el BCRP actualiza el tope de tasas: qué cambia en tus créditos

¿Qué pueden y qué no pueden hacer las fintechs?

El reglamento no convierte a las fintechs en bancos. Se mantienen bajo la sombrilla regulatoria de la entidad financiera con la que se asocian, con reglas puntuales:

  • No pueden subcontratar a un tercero el servicio financiero que ofrecen a través del banco aliado.
  • Solo pueden contratar un servicio específico con un único banco a la vez, aunque nada les impide tener distintos servicios con distintos bancos.
  • Tienen prohibido usar terminología que dé a entender que son una institución bancaria independiente.
  • El banco proveedor debe tener políticas aprobadas por su directorio para evaluar y supervisar a cada fintech con la que se asocia: capacidad operativa y tecnológica, situación financiera, cumplimiento normativo y reputación, entre otros criterios.

Este esquema ya opera de forma informal en el mercado peruano, donde fintechs como Prestamype o Afluenta canalizan financiamiento con el respaldo de entidades supervisadas. Lo que cambia con la Resolución 01747-2026 es que ahora existe una regla explícita de la SBS sobre cómo debe funcionar esa alianza, en vez de dejarla librada al contrato entre privados.

¿Qué significa esto para ti?

Si hoy usas o piensas usar una app fintech para pedir un crédito, hay tres cosas concretas que cambian con esta norma.

  • Tu contrato es con el banco, no con la app. La resolución obliga a que, en toda operación de crédito bajo este modelo, se te informe expresamente que mantienes una relación contractual directa con la entidad financiera regulada, no con la plataforma que usaste para solicitarlo. Si la app fintech desaparece mañana, tu crédito sigue vigente con el banco que lo otorgó.
  • Más opciones para pedir un crédito sin ir a una agencia. Si eres, por ejemplo, un vendedor independiente que ya usa una app de pagos para su negocio, es probable que en los próximos meses esa misma app te ofrezca directamente un crédito rápido, con el respaldo regulatorio de un banco detrás, en vez de derivarte a una web externa.
  • La responsabilidad ante un reclamo sigue siendo del banco. Si tienes un problema con la tasa cobrada, un cobro no autorizado o una cláusula poco clara en un crédito contratado vía una app fintech bajo este esquema, tu reclamo va contra la entidad financiera supervisada, que es la que responde ante la SBS, no contra la app.

Esto no cambia cómo evalúan tu capacidad de pago: la SBS sigue exigiendo a la entidad financiera proveedora los mismos criterios de evaluación crediticia y de revisión en Infocorp que aplicaría si pidieras el crédito directamente en su web o agencia. Tampoco garantiza tasas más bajas por sí solo. Compara siempre la TCEA del crédito ofrecido vía una app fintech contra la de un banco tradicional antes de firmar, porque el canal cambia, pero la obligación de comparar el costo real no desaparece.

La SBS todavía no ha publicado el listado de alianzas BaaS autorizadas ni un cronograma detallado de entrada en vigencia. En los próximos meses es esperable que bancos y fintechs anuncien las primeras integraciones formales bajo este reglamento, y que la SBS emita normas complementarias sobre supervisión y reporte de estas alianzas. El Gurú del Crédito seguirá este proceso a medida que se conozcan las primeras alianzas concretas y sus condiciones.

You May Also Like